Comentario
Editorial/Opinión
Gerardo
Fernández:
Postulaciones: un fraude más
EL
COMITE de Postulaciones Electorales (CPE) que en los próximos
días se va a constituir, es un fraude más a la Constitución.
El artículo 295 de la Constitución establece, que
el CPE de candidatos a integrantes del CNE estará constituido
por representantes de la sociedad, de conformidad con lo que establezca
la ley.
La
norma es clara y no admite interpretación en contrario
sobre la conformación de dicho Comité por representantes
de la sociedad civil organizada. La Exposición de Motivos
de la Constitución señala que se crea un Poder Electoral
para dar un salto a una democracia participativa y protagónica
cimentada sobre la participación ciudadana. Lo importante
para el constituyente era que la sociedad civil participara en
la formación, ejecución y control de la gestión
pública electoral, sin la intermediación de los
partidos políticos. Por ello se ordena crear, además,
un CPE integrado por representantes de diferentes sectores de
la sociedad, organismo que tendrá a su cargo la designación
de los miembros del CNE; de los cuales 3 de la sociedad civil,
1 de las facultades de Ciencias Jurídicas y Políticas
de las universidades y 1 del Poder Ciudadano.
La
intención constitucional es lograr una activa actuación
de la sociedad civil en la gestión electoral. Una primera
etapa de selección de candidatos que asume el CPE conformado
por representantes de la sociedad civil y; una segunda etapa de
designación misma, cuya competencia se le asigna a la AN.
El objetivo es que los ciudadanos escojan los candidatos postulados
a rectores y la AN los designe de la lista aportada por la propia
sociedad civil que conforma el CPE. Uno selecciona y el otro de
signa.
Ahora
bien, el artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder
Electoral establece que el CPE está integrado por 21 miembros,
de los cuales 11 son diputados designados por la AN y 10 serán
postulados por los otros sectores de la sociedad. La norma en
cuestión es contraria a la Constitución. Dicha norma
altera y subvierte la conformación del CPE al determinar
que el mismo estará constituido por una mayoría
de diputados y por una minoría de representantes de la
sociedad civil. Es evidente, que el Comité debe estar conformado
solamente por representantes de la sociedad civil y es igualmente
evidente, que los diputados no son representantes de la sociedad
civil organizada. La norma legal citada es inconstitucional. Al
aplicarla y constituir un CPE de esta manera es un fraude a la
Constitución.
Gerardo
Fernández
es abogado y profesor de derecho constitucional. Los puntos de
vista expresados no necesariamente son los de Petroleumworld.
Nota
del Editor: Este comentario fue originalmente publicado por Universal,
el 01 de Marzo del 2006. Petroleumworld no se hace responsable
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