Como en todo régimen totalitario, el de Hugo Chávez está tejiendo un entramado “legal” para convertir a la sociedad venezolana en un conglomerado de soplones de sus vecinos y alcahuetes de la élite mandante. En su Cuba ideal, han sido las organizaciones de “chivatos” las que han permitido el control y sometimiento de la población. En Venezuela, serían los consejos comunales una de esas redes de soplones y vigilantes de la sociedad.
A los Consejos Comunales se les ha dado la potestad de defender “el interés colectivo y el desarrollo integral” de la comunidad y se les ha hecho “corresponsables” con el Estado en la promoción del “ejercicio y defensa de la soberanía e integridad territorial de la nación”.
Hoy no existe ley revolucionaria donde no se establezca la injerencia de los consejos comunales, bien sea en una actividad comercial, colectiva o individual.
Está, por ejemplo, la Ley de Defensa del Acceso de las Personas a los Bienes y Servicios (Ley de Depabis), donde los consejos comunales han sido, en conjunto con el Indepabis y la Guardia Nacional, artífices de tomas, fiscalizaciones, confiscaciones, expropiaciones de cuanto comercio o empresa distribuidora se les ha dado la gana.
Ahora, se pretende aprobar una Ley Orgánica de la Contraloría Social, que terminará siendo otro instrumento de vigilancia, monitoreo y sapeo cotidiano en toda gestión pública y en cualquier actividad social, privada y comunitaria que, al “entender" discrecional de "cualquiera", afecte “el interés colectivo”.
La argucia para querer promulgar una Ley de Contraloría Social es el combate a la corrupción, al uso ineficiente y al despilfarro de los recursos públicos. Pero, éste es un argumento falaz.
Por un lado, la Constitución establece claramente que estas actividades de Control de la gestión pública son de atribución de la Asamblea Nacional, de la Contraloría General de la República y del Ministerio Público. Por otro, la ONG Transparencia Venezuela, con metodología y experiencia comprobada a nivel internacional, viene trabajando con alcaldías y otros entes públicos regionales para ayudarlos a identificar prácticas no transparentes en la gestión y aplicar los correctivos necesarios.
En cuanto a la Contraloría Social de la actividad privada, comunitaria y ciudadana, cabe recordar que también están estatuidas constitucionalmente las instancias legales para dirimir violaciones de las leyes y las normas del buen convivir.
Esta Ley llama a suspicacia, especialmente luego de dos hechos: Uno, el que los trabajadores que denunciaron los contenedores con productos descompuestos en Carabobo, reciben como respuesta del ente público donde laboran una carta de despido. Otro, que el Ministerio de Comercio insista en expropiar al distribuidor de alimentos El Verdugo, a pesar de los argumentos a favor de esa empresa que hicieran varios consejos comunales de Los Teques.
Para algunos analistas, el objetivo real de esta Ley sería la dominación y la rendición total de los ciudadanos, ya que ésta es la forma más expedita para la instauración del castrocomunismo en Venezuela.
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Nota del Editor : Este comentario fue originalmente publicado por VenEconomía, el 11 06 2010. Reproducimos el mismo en beneficio de los lectores.
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Petroleumworld Venezuela 14 06 2010
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