El
diputado Tascón eximió de responsabilidad
directa a Ramírez
El ministro de Energía y Petróleo y presidente
de Pdvsa, Rafael Ramírez, dijo vía telefónica
a El Universal que toda la estrategia de contratación
ejecutada por el vicepresidente de Exploración
y Producción de la estatal, Luis Vierma, fue
aprobada por la junta directiva de la empresa.
Con
esa afirmación respondió a las acusaciones
hechas contra Vierma por el diputado Luis Tascón,
quien tiene en su poder un expediente según el
cual el directivo habría autorizado la asignación
directa de una contratación de taladros a una
firma colombiana.
Más allá de la asignación en sí,
Tascón considera que Vierma no tenía autorización
para firmar el contrato de unos 150 millardos de bolívares,
pues su rango sólo le permite aprobar operaciones
de hasta 75 millardos de bolívares.
"Aparentemente no había razones para contratar
a esta empresa colombiana, que se presume es de maletín.
Al parecer no hubo transparencia", afirmó el
parlamentario.
Ayer
en la mañana Tascón había
eximido al ministro Ramírez de responsabilidad,
al decir a Unión Radio que probablemente no estaría
enterado de la contratación. "De forma indirecta
puede tener algún tipo de responsabilidad política
porque es responsable de Pdvsa, pero de forma directa
no lo creo porque los vicepresidentes tienen autonomía".
Para
Ramírez, las acusaciones del diputado no
son más que una "campaña". Aseguró que
acudirá sin temores al Parlamento para explicar
el caso.
Permisiva
La Ley de Licitaciones de 2001 derogó la disposición
de la normativa precedente (sancionada en el año
2000) según la cual Pdvsa y sus filiales estaban
temporalmente eximidas del régimen de selección
de contratistas estipulado.
Según la normativa vigente, toda asociación
civil o sociedad en la cual la República o las
personas jurídicas que forman el poder nacional
tengan una participación igual o mayor a 50% del
patrimonio deben cumplir los procesos de selección
de contratistas contemplados en la ley.
No
obstante, la misma legislación prevé en
su artículo 72 que puede procederse a licitación
selectiva para adquirir equipos altamente especializados,
por razones de seguridad de Estado o si sólo existen
cinco o menos fabricantes.
Por último, se puede proceder a la adjudicación
directa no sólo si existe una situación
de emergencia nacional, si también se trata de "suministros
requeridos para garantizar la continuidad del proceso
productivo y del retardo por la apertura de un procedimiento
licitatorio que pudiera resultar gravemente afectada
su continuidad". Es lícito adjudicar, también,
si sólo existe un prestador de ese servicio.
El
Universal 11
05 07